¿Qué ventajas supone afiliarse a UGT?
Las ventajas de estar afiliado/a a un sindicato organizado y estructurado, como UGT, son numerosas:
Información y asesoramiento permanente
Gabinetes Jurídicos Especializados (abogados/as laboralistas, etc.)
Contratación, salarios, vacaciones, nóminas, jornadas, convenios colectivos, liquidaciones, finiquitos, jubilaciones, pensiones, Seguridad Social, despidos, etc.
Expedientes de regulación
Protección por desempleo
Prevención de riesgos laborales
Formación contínua adaptada a los puestos de trabajo
Formación sindical específica a los delegados/as de personal, miembros de comités y delegados/as de Salud Laboral
Otros servicios
Vacaciones, viajes y hoteles
Campamentos infantiles de verano
Ocio: residencias, tiempo libre
Establecimientos concertados
Seguro de Accidentes en caso de muerte, a partir de un año de afiliación ininterrumpida a UGT
Cuantía de las cuotas de afiliación a UGT para el año 2021
Cuota Básica Confederal
13,00 euros mensuales
La Cuota Ordinaria, cuyos tipos y cuantía establecen en su Congreso Federal las Federaciones Estatales, deben respetar un mínimo igual a la Cuota Básica Confederal.
Cuota Reducida
9,10 euros mensuales
La Cuota Reducida se aplicará a los afiliados cuyos ingresos anuales íntegros procedentes de rentas del trabajo o protección por desempleo sean iguales o inferiores en cómputo anual a 1,50 veces el Salario Mínimo Interprofesional.
También podrá aplicarse a determinados colectivos y situaciones específicas, cuando así lo prevean los Estatutos Federales.
Cuotas Especiales para Jubilados (tipo C)
6,50 euros mensuales
Se aplicará a las personas adscritas de la Unión de Jubilados y Pensionistas (UJP) cuyos ingresos anuales íntegros sean superiores a 1,50 veces el Salario Mínimo Interprofesional.
Afiliados pertenecientes a los diversos sectores en que se organiza la Unión Estatal de Trabajadores por Cuenta Propia.
Cuotas Especiales para UPA y UPTA
4,55 euros mensuales (Se aplicará a sus afiliados)
Cuotas Especiales para Jubilados y Parados (tipo D)
3,90 euros mensuales
Se aplicará a las personas adscritas de la Unión de Jubilados y Pensionistas (UJP) cuyos ingresos anuales íntegros sean inferiores a 1,50 veces el Salario Mínimo Interprofesional y a los afiliados y afiliadas que se encuentren en situación de paro y carezcan de ingresos o prestaciones.
Cuota Especial para estudiantes menores de 25 años (tipo E)
1,00 euro mensual
Una cuota especial que se aplicará a estudiantes menores de 25 años y que no tengan ningún tipo de ingresos.
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